Ejercer el poder de la ley, a través de la asociación civil, para proteger la salud de las personas, preservar el equilibrio ecológico y la vida silvestre, promover la energía limpia y combatir el cambio climático. Nuestro equipo de jóvenes abogados, se encarga de diseñar innovadoras estrategias legales, bajo la premisa de quien contamina paga. Para lograrlo, nos apoyamos, en una red de investigadores, técnicos y científicos.
1.- ATENCIÓN AL DAÑO AMBIENTAL CAUSADO AL ÁREA NATURAL PROTEGIDA EJIDOS DE XOCHIMILCO Y SAN GREGORIO ATLAPULCO (ANP), EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
2.- ATENCIÓN A LA CONTAMINACIÓN DE LA CUENCA HIDROLÓGICA RÍO ALTO ATOYAC, EN LOS ESTADOS DE PUEBLA Y TLAXCALA.
3.- ATENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN DEL ESTERO MOZAPAN, ARROYO OCOZOLUAPAN, AFLUENTES DEL RÍO CHIQUITO, EN EL ESTADO DE VERACRUZ / OCURRIDA EN 2015.
Alianza para la Defensa Ambiental A.C.
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La zona lacustre de Xochimilco ubicada al sur de la Ciudad de México posee un valor ecológico y cultural único en México y el mundo. Comprende al Área Natural Protegida (ANP) “Ejidos de Xochimilco y San Gregorio Atlapulco”, conformada por 2,522 hectáreas que es considerada única por ser hábitat de una gran diversidad de especies, entre ellas algunas endémicas. También, se encuentra designada por el Tratado intergubernamental “Convención sobre los Humedales de Importancia Internacional especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas” (Convención RAMSAR). Culturalmente, encierra una zona de monumentos históricos y vestigios arqueológicos, que remonta desde tiempos prehispánicos, motivo por el cual fue inscrita en la lista de Patrimonio mundial, cultural y natural de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO por sus siglas en inglés).
A pesar de su importancia ambiental y cultural, la zona presenta graves problemas de desequilibrio ecológico, ocasionados por diversos factores antropogénicos y la incapacidad de las autoridades para implementar medidas efectivas para mantener las condiciones ecológicas del ecosistema. Esto inició desde hace varios años cuando las autoridades comenzaron a desecar los cuerpos de agua y suministrar los canales con aguas tratadas. Esto sin considerar las condiciones particulares del ecosistema y la calidad de agua necesaria para el ecosistema. Situación que se agravó con la proliferación de asentamientos humanos irregulares y las descargas de aguas negras que estos de manera clandestina vierten en los cuerpos de agua de dicha ANP. Por lo anterior, el agua se contaminó significativamente modificando la cadena alimentaria a tal grado de poner en categoría de riesgo algunas especies endémicas como el Ajolote.
Ante dicha situación, y ante la falta de interés de las autoridades de implementar unos Lineamientos de tratamiento de aguas residuales que consideren las características que dicha zona lacustre necesita para su subsistencia, miembros de la sociedad civil interpusieron un Juicio de Acción Colectiva en materia de medio ambiente en contra de la Secretaria de Medio Ambiente de la Ciudad de México, demandando la reparación del daño ambiental causado por omisión al ANP. El Juicio fue resuelto el día 12 de junio de 2014 a favor de la colectividad.
La colectividad demostró en juicio que la situación de desequilibrio ecológico que sufre la zona lacustre es a consecuencia de que la SEDEMA, ha venido siendo omisa e insuficiente en su calidad de garante, y por tanto de salvaguardar las condiciones ambientales que la zona requiere para mantener sus condiciones ambientales, permitiendo su contaminación ininterrumpida, lo que ha resultado en serio impacto en el ciclo hidrológico del área, ocasionando la degradación de su flora y puesto en alguna categoría de riesgo a diversas especies de fauna y aves locales y migratorias.
Actualmente, el juicio se encuentra en etapa de ejecución de sentencia ya que la autoridad no ha realizado las acciones correspondientes a la reparación del daño y sólo ha venido simulando su cumplimiento.
La Cuenca del Alto Atoyac, está conformada principalmente por los ríos Atoyac, Alseseca y Zahuapan que se encuentran entre los estados de Puebla y Tlaxcala.
Luego de seis años de investigación la Comisión nacional de derechos humanos (CNDH), emitió la recomendación 10/2017, señalando que las presiones sobre dichos ríos iniciaron en los años 80, con el establecimiento en la región de corredores industriales. Según reportes oficiales, en la actualidad, en esta región de Puebla y Tlaxcala operan 2 mil 15 fábricas y empresas manufactureras: 44% corresponden a la industria alimentaria, de bebidas y tabaco; 22% a la fabricación de prendas de vestir, productos textiles y curtidurías, 14% a la fabricación de productos metálicos; 8% a la fabricación de productos a base de minerales no metálicos; 8% a la industria de la madera y fabricación de muebles, colchones y persianas; 2% de impresión e industrias conexas; 1% de la industria química. A esto se le suman un sinfín de empresas irregulares que descargan sus aguas residuales directamente al río o a la red de alcantarillado sin previo tratamiento. Además, sólo 32% de las localidades de la región cuentan con drenaje, y el resto descarga sus aguas negras al río, sin tratamiento.
La Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), por ejemplo, detectó desde 2008 que en este río se descargaba mercurio, níquel, plomo, cianuro, arsénico, cobre, cromo, cadmio, zinc, tolueno, dibromoclorometano, cloroformo, cloruro de vinilo, cloruro de metilo, fenoles, compuesto de benceno, nitritos y nitratos, fosfato y xilenos, y con esta agua se riegan los cultivos de la zona.
Luego de detectar estos contaminantes, la CONAGUA determinó que la gente que vivía a menos de 2 kilómetros del río Atoyac y su afluente el Xochiac enfrentan “un alto grado de peligrosidad y potencial de exposición a contaminantes”, ante inhalación de vapores y aerosoles, así como por la ingestión de partículas, y de alimentos cultivados en la región.
Sin embargo, no hizo nada, más que imponer algunas multas económicas a 37 empresas, de las más de 2 mil que operan en la región. De hecho, la CNDH detectó que la Conagua no hizo nada ni siquiera contra empresas reincidentes.
La lista de contaminantes detectadas con el paso de los estudios siguió aumentando: hidrocarburos poliaromáticos, pesticidas, emulsificantes, plastificantes, dispersantes, cloroformo, cloruro de metileno, etilbenceno, tetracloroetano, fenantreno, naftaleno, antraceno…
Según la CNDH, todos estos contaminantes se acumulan en el organismo de los seres vivos, flora o fauna, “causando efectos carcinógenos y otros efectos adversos en los sistemas reproductivo, inmunológico, endocrino”, y en el desarrollo general. Afectando a toda la población que vive cerca y en especial a los niños y niños por la carga química que es transmitida a ellos desde el embarazo.
Ante esta situación de desequilibrio ecológico, Alianza para la defensa ambiental, A.C., elaboró un plan de remediación ambiental, impulsado mediante un juicio de amparo con la finalidad de que sea un Juez quien dirija el plan de remediación ambiental, de manera imparcial y sin intereses políticos, que garantice el derecho a un medio ambiente sano para el desarrollo y bienestar, así como la supervivencia de flora y fauna inherente y adyacente a los cuerpos de agua.
Actualmente el juicio de amparo se encuentra en trámite, desde su comienzo el Juez de la causa concedió la Suspensión Definitiva para que las autoridades federales, estatales y municipales, en el uso de sus facultades tomen las medidas pertinentes y verifiquen el cumplimiento de la normatividad en materia ambiental, por parte de las empresas y terceros que realicen descargas de residuos contaminantes a los cuerpos de agua que integran la Cuenca Hidrológica Río Alto Atoyac, en lo que dicta su sentencia en definitiva. A la fecha, entre las 35 autoridades señaladas como responsables, han presentado más de QUINIENTOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS POR DESCARGAS IRREGULARES.
Se ordenó la práctica de una prueba pericial en materia de bioquímica del agua con el objetivo de tener certeza sobre el grado de afectación que guarda el ecosistema.
En el primer semestre de 2015, se presentó una significativa contaminación al estero Mozapan y al arroyo Ocozoluapan, afluentes del río Chiquito, en el Estado de Veracruz; la cual presumiblemente fue ocasionada por empresas establecidas en las inmediaciones de estos cuerpos de agua, al grado de causar la mortandad de variedad de peces, de los cuales se benefician 5 Cooperativas pesqueras, conformadas por comunidades aledañas a la zona.
Alianza para la defensa ambiental, A.C., apoya a las Cooperativas pesqueras gestionando muestreos de calidad del agua e intercediendo ante la CONAGUA en la remediación de los cuerpos de agua, todo esto, mediante las actuaciones que tuvieron lugar dentro de un juicio de amparo contra actos de omisión de la Comisión Nacional del Agua en los cuerpos de agua que conforman el estero Mozapan y al arroyo Ocozoluapan, afluentes del río Chiquito, en el Estado de Veracruz. Dicho Juicio fue resuelto en definitiva en fecha trece de junio de dos mil diecisiete, otorgando el amparo y protección de la Justicia Federal a la parte quejosa, para el efecto que la CONAGUA llevara a cabo diversos procedimientos de inspección y vigilancia en contra de las empresas que descargan aguas residuales en dichos cuerpos de agua. Derivado de lo anterior, los representantes de las Cooperativas
En el primer semestre de 2015, se presentó una significativa contaminación al estero Mozapan y al arroyo Ocozoluapan, afluentes del río Chiquito, en el Estado de Veracruz; la cual presumiblemente fue ocasionada por empresas establecidas en las inmediaciones de estos cuerpos de agua, al grado de causar la mortandad de variedad de peces, de los cuales se benefician 5 Cooperativas pesqueras, conformadas por comunidades aledañas a la zona.
Alianza para la defensa ambiental, A.C., apoya a las Cooperativas pesqueras gestionando muestreos de calidad del agua e intercediendo ante la CONAGUA en la remediación de los cuerpos de agua, todo esto, mediante las actuaciones que tuvieron lugar dentro de un juicio de amparo contra actos de omisión de la Comisión Nacional del Agua en los cuerpos de agua que conforman el estero Mozapan y al arroyo Ocozoluapan, afluentes del río Chiquito, en el Estado de Veracruz. Dicho Juicio fue resuelto en definitiva en fecha trece de junio de dos mil diecisiete, otorgando el amparo y protección de la Justicia Federal a la parte quejosa, para el efecto que la CONAGUA llevara a cabo diversos procedimientos de inspección y vigilancia en contra de las empresas que descargan aguas residuales en dichos cuerpos de agua. Derivado de lo anterior, los representantes de las Cooperativas
Con fecha veintiuno de agosto de dos mil veinte, en el afluente del Arroyo Ocozuapan, (oficialmente denominado río Ocozuapan – INEGI), en el Arroyo Cajiapan, en el estero Mozapan, en el río Chiquito, afluentes del río Coatzacoalcos en el estado de Veracruz, sucedió de nueva cuenta que, se encontraban peces muertos flotando por encima del agua (juile, mojarra, tilapia, mojarra negra y pesca blanco), y como ocasiones anteriores el agua se encontraba extremadamente contaminada, matando a casi todos los peses. Trasgrediendo nuestro derecho humano a un medio ambiente sano para nuestro desarrollo y bienestar. Transgrediendo su derecho a la pesca del cual muchas comunidades indígenas dependen para generar ingresos económicos.
Ante esta situación de desequilibrio ecológico, Alianza para la defensa ambiental, A.C., en representación de las Cooperativas pesqueras de la zona, presentaron una denuncia ante la UNIDAD ESPECIALIZADA EN INVETIGACIÓN DE DELITOS CONTRA EL AMBIENTE Y PREVISTOS EN LEYES ESPECIALES.
4.- ATENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN DEL ESTERO MOZAPAN, ARROYO OCOZOLUAPAN, AFLUENTES DEL RÍO CHIQUITO, EN EL ESTADO DE VERACRUZ / OCURRIDA EN 2020.